EL TIEMPO

Fallo histórico: PAMI obligado a restituir la cobertura del 100% en medicamentos

Publicado miércoles 25 de marzo de 2026

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La Justicia Federal frenó los recortes y miles de jubilados sanjuaninos recuperarán el beneficio de gratuidad. Un cambio clave en el cálculo de haberes permitirá que quienes cobran jubilación y pensión dejen de ser excluidos.

Por Redacción Sanjuanino Digital www.sanjuaninodigital.com

Tras meses de incertidumbre y amparos judiciales, un nuevo fallo de la Justicia Federal —ratificado tras presentaciones colectivas— obligó al PAMI a dar marcha atrás con las restricciones impuestas en el último año. La medida exige la restitución inmediata de la cobertura total para aquellos afiliados que habían sido dados de baja del sistema de medicamentos gratuitos por “exceso de ingresos”.

El fin del “techo” injusto

El punto más sensible del fallo ataca directamente el criterio de vulnerabilidad que aplicaba la obra social. Hasta ahora, el PAMI sumaba los montos de la jubilación y la pensión para decidir quién recibía el beneficio. Con el nuevo esquema judicial, los haberes se computan por separado.

Esto significa que si un jubilado cobra una mínima y una pensión mínima, ya no superará el tope de “haber y medio” de forma automática, permitiéndole volver a acceder a los remedios sin costo.

¿Qué cambia para los afiliados en San Juan?

  1. Vademécum ampliado: Se deben reintegrar las drogas que habían sido pasadas a cobertura parcial (40% o 70%).

  2. Menos burocracia: El fallo ordena simplificar la renovación de los tratamientos prolongados, eliminando auditorías presenciales innecesarias que complicaban a los adultos mayores.

  3. Vigencia: La resolución interna del PAMI ya fue distribuida a las UGL (Unidades de Gestión Local) y los cambios impactarán en los sistemas de las farmacias a partir de este mes de marzo.

Requisitos actualizados

Para mantener o recuperar el 100%, los afiliados deben cumplir con:

  • Ingresos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos (individuales).

  • No poseer prepaga.

  • No tener más de un inmueble ni vehículos de menos de 10 años (salvo excepciones por discapacidad).


Nota del editor: Desde Sanjuanino Digital recordamos a nuestros lectores que, ante cualquier traba administrativa en las oficinas locales, pueden presentar la copia del fallo o realizar la denuncia correspondiente en la Defensoría del Pueblo.

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